Depósito a plazos dirigido a personas naturales cubanas y extranjeras, tanto en moneda nacional como en moneda libremente convertible. Se emite un Certificado de depósito, el cual puede ser negociado y transferido a otra persona antes del plazo en caso de necesitar liquidez sin cancelar el contrato de depósito subyacente. Constituye un compromiso entre el cliente y el banco para ahorrar en plazos determinados (3, 6, 12, 24, 36, 48 y 60 meses). La extracción del importe antes del plazo fijado implica una penalización. Pueden ser individuales, indistintas o mancomunadas. No se admitirán designación de beneficiarios para ninguno de los casos, ni aun para aquellos certificados emitidos a título individual.
Condiciones mínimas de apertura:
- Moneda Nacional (CUP): 100,00 CUP.
- Moneda libremente convertible (CUC): 500,00 CUC.
Documentación: Documento de identidad y firma del contrato de adhesión.