- Solicitud de las partes permutantes con un sello de $ 20.00 cada uno.
- Expediente de la tierra de ambas partes.
- Los Directores de las Empresas deben acreditar el interés estatal en la permuta, o sea, en qué se beneficia el Estado al autorizar dicho acto, tanto el que recibe como el que entrega las tierras.
- Criterios de los Presidentes de la ANAP a nivel provincial y municipal de ambos territorios y del Presidente de la ANAP a nivel nacional.
- Certifico del banco sobre posibles deudas.
- Dictamen Legal emitido por el Director o Jefe de Departamento Provincial de Control de la Tierra y el Jefe del Departamento Jurídico.
- Tasación e Inventario de la tierra y de las bienhechurías incorporadas a la misma.
- Criterios de los Delegados o Directores Provinciales de la Agricultura en ambos territorios, cuando la permuta es entre provincias. En el caso de permuta dentro de la misma provincia, se solicitan los mismos documentos pero a nivel municipal y el criterio del Presidente de la ANAP a nivel provincial.
- Presillar, foliar e indizar el expediente actualizando la hoja de trámites.
- Resolución que autoriza la permuta.
- Notificación a las partes.
- Pago del impuesto que corresponda.
- Acta de Inscripción.
Trámites de Permuta
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