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Seguros de viaje al exterior y hacia Cuba

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Los sujetos del contrato del seguro de Viajes el Tomador del Seguro y/o el Asegurado, sobre los que recaen los derechos y obligaciones derivados de la póliza. En el caso de personas que viajen por interés de su entidad, el contrato será suscrito por el representante legal de la misma en su condición de Tomador o Contratante del seguro.

Personas asegurables: personas naturales cubanas o extranjeras que figuren en un viaje organizado por el Tomador del Seguro o por sí mismas, siempre y cuando su estado de salud no constituya un riesgo agravado para la Aseguradora.

  • Gastos médicos por enfermedad o accidente +

    La Aseguradora toma a su cargo los gastos médico-quirúrgicos, odontológicos, farmacéuticos y de hospitalización, sobrevenidos a consecuencia de una enfermedad repentina o accidente, que se adecuen a la naturaleza de la enfermedad o lesión sufrida y a las circunstancias de su acaecimiento. Read More
  • Repatriación y/o transporte +

    De heridos y enfermos y de fallecidos, en caso de accidente o enfermedad repentina sobrevenida al Asegurado. Read More
  • Responsabilidad Civil Personal +

  • Anticipo de Fianza Judicial +

  • Asistencia en Viaje +

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